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COSOBERANIA PARA OLIVENZA

El Ejemplo del Mirandés

Tengo conciencia que las actuales fuerzas políticas de Olivenza poseen, entre sus dirigentes y simpatizantes, gente que quiere impedir el fin de la lengua portuguesa en la ciudad por motivos culturales, históricos y económicos.

Saben que una parte importante de la estrategia económica de Extremadura pasa por incrementar las relaciones económicas y culturales con Portugal, expresamente en el ámbito de esa extraordinaria línea de desarrollo que será el eje Lisboa – Badajoz – Madrid – Barcelona.

¿En esta coyuntura no es realmente una falta de visión estratégica total dejar morir la lengua portuguesa en la ciudad? ¿Cuántas oportunidades no se perderán así?

Como me llamaba la atención un amigo, es algo sin sentido promover Olivenza como “la mejor embajadora de Portugal en Extremadura” y no tener siquiera la lengua portuguesa en las placas turísticas de sus maravillosos monumentos (están en castellano e inglés).

En ese sentido, mi propuesta es que se avance ya con un plan de defensa de la lengua portuguesa en Olivenza que pueda merecer un amplio consenso social en la ciudad.

El proceso de oficialización de la lengua mirandesa en Portugal constituye, en este ámbito, un buen paradigma. La lengua mirandesa – que pertenece al sistema lingüístico asturiano – fue oficializado en Portugal a través de la Ley n. º 7/99, de 29 de Enero.

Debido a su simplicidad, reproduzco aquí la parte esencial de esta Ley:

Artículo 1. º - El presente diploma visa reconocer y promover la lengua mirandesa.

Artículo 2. º - El Estado Portugués reconoce el derecho a cultivar y promover la lengua mirandesa, mientras patrimonio cultural, instrumento de comunicación y de refuerzo de identidad de la tierra de Miranda.

Artículo 3. º - Es reconocido el derecho del niño al aprendizaje del mirandés, en términos a reglamentar.

Artículo 4. º - Las instituciones públicas localizadas o sedeadas en el Municipio de Miranda do Douro podrán emitir sus documentos acompañados de una versión en lengua mirandesa.

Artículo 5. º - Es reconocido el derecho al apoyo científico y educativo, con miras a la formación de profesores de lengua y cultura mirandesas, en términos a reglamentar.

O sea, en el Municipio de Miranda do Douro fue reconocido el carácter oficial de la lengua mirandesa sin que ese hecho hubiera sido acompañado de cualquier concesión de autonomía política para el territorio.

En el caso del portugués de Olivenza, podría ser realizado este reconocimiento oficial en el nuevo Estatuto de Autonomía de Extremadura que será negociado en la próxima legislatura (2007-2011). El Estatuto de Extremadura pasaría así a reconocer, de forma oficial, el bilingüismo de Olivenza.

El nuevo estatuto de Cataluña hizo algo semejante en el caso del aranés en Arán. En ese caso es realmente contemplada una cierta autonomía para el territorio.

En el caso de Olivenza – tal como en el caso del mirandés – se trata sólo de dar protección a la lengua portuguesa, reconociendo su carácter oficial en el territorio histórico de Olivenza, sin cualquier otra implicación en términos de estatus territorial. La cuestión lingüística aparece así desconectada de la cuestión política.

Probablemente tardará mucho tiempo – después de la legislatura que se inicia – para que se reúnan nuevamente las condiciones políticas para que suceda un nuevo proceso de revisión del Estatuto de Extremadura.

Esta es una oportunidad única, que las fuerzas políticas oliventinas y la alcaldía no pueden perder se quieren salvar el portugués de Olivenza. Si finalmente no lo hacen, un día la historia los juzgará, de forma severa, por ese autentifico crimen contra la civilización que fue asistir y permitir, sin apenas hacer algo, a la muerte de una parte del patrimonio lingüístico de su pueblo.
    

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